{"id":235,"date":"2010-03-19T15:54:05","date_gmt":"2010-03-19T14:54:05","guid":{"rendered":"http:\/\/vivesur.com\/wpblog\/?p=235"},"modified":"2010-03-19T15:54:05","modified_gmt":"2010-03-19T14:54:05","slug":"derribo-express-aprobado-en-andalucia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/derribo-express-aprobado-en-andalucia\/","title":{"rendered":"Derribo Express Aprobado en Andalucia"},"content":{"rendered":"<div>\n<h4>El Reglamento de Disciplina Urban\u00edstica incorpora resoluciones de  derribo en un mes para obras ilegales <a href=\"http:\/\/vivesur.com\/wpblog\/wp-content\/uploads\/2010\/03\/entrevista004.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignright size-medium wp-image-236\" title=\"derribo-express\" src=\"http:\/\/vivesur.com\/wpblog\/wp-content\/uploads\/2010\/03\/entrevista004-300x225.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"225\" \/><\/a><a name=\"21816\"> <\/a><\/h4>\n<p>Aprobado un texto pionero en Espa\u00f1a que mejora las competencias  locales y fija sanciones por encima del beneficio econ\u00f3mico de los  infractores<\/p>\n<\/div>\n<p>Los ayuntamientos andaluces podr\u00e1n iniciar procedimientos de  demolici\u00f3n de obras ilegales por v\u00eda de urgencia e imponer sanciones que  impidan el beneficio econ\u00f3mico de los infractores. Estas son dos de las  principales novedades del Reglamento de Disciplina Urban\u00edstica aprobado  hoy(16Marzo2010) por el Gobierno andaluz, una norma pionera en Espa\u00f1a que refuerza  las competencias municipales en esta materia y faculta a los  consistorios para agilizar la respuesta a las ilegalidades.<\/p>\n<p>El  reglamento, elaborado por la Consejer\u00eda de Vivienda y Ordenaci\u00f3n del  Territorio, permitir\u00e1 a los ayuntamientos y a la propia Junta  incrementar la agilidad y la seguridad jur\u00eddica tanto en el aspecto  preventivo y de detecci\u00f3n de las infracciones como en la tramitaci\u00f3n de  los procedimientos y en la adopci\u00f3n de medidas disciplinarias.<\/p>\n<p>El  novedoso &#8216;<strong>derribo express<\/strong>&#8216;, fijado para actuaciones de urbanizaci\u00f3n o  edificaci\u00f3n manifiestamente ilegalizables, posibilitar\u00e1 a los  ayuntamientos iniciar y concluir un procedimiento de demolici\u00f3n en el  plazo de un mes, a contar desde que se notifique al interesado el inicio  del expediente, lo que supondr\u00e1 una reducci\u00f3n de hasta once meses  respecto al actual periodo ordinario de tramitaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Junta de  Andaluc\u00eda tambi\u00e9n podr\u00e1 utilizar este procedimiento de forma subsidiaria  en aquellos casos en los que los ayuntamientos no respondan a su  requerimiento de intervenci\u00f3n. En ning\u00fan caso el derribo podr\u00e1 demorarse  m\u00e1s all\u00e1 de dos meses desde que se dicte la resoluci\u00f3n, ya que es \u00e9ste  el nuevo plazo fijado con car\u00e1cter general para lograr el r\u00e1pido  restablecimiento de la realidad f\u00edsica alterada.<\/p>\n<p>El texto  aprobado tambi\u00e9n se configura como una recopilaci\u00f3n de respuestas a  casos pr\u00e1cticos para facilitar el ejercicio de las competencias  municipales. En este sentido, se detallan de manera precisa tanto los  procedimientos de licencias como las distintas tipolog\u00edas de las mismas,  adem\u00e1s de introducir nuevas medidas de agilizaci\u00f3n como las  autorizaciones por fases y parciales o los procedimientos abreviados  para obras menores.<\/p>\n<p>El refuerzo de las acciones destinadas a  prevenir infracciones urban\u00edsticas es otra de las claves del reglamento.  Se incorporan as\u00ed nuevas medidas de coordinaci\u00f3n con el Registro de la  Propiedad, que deber\u00e1 comunicar a las administraciones competentes la  solicitud de inscripci\u00f3n de parcelaciones cuando existan dudas fundadas  sobre su licitud. Asimismo, se ampl\u00eda el listado de hechos inscribibles  con nuevos supuestos de trascendencia para la disciplina urban\u00edstica,  como obras fuera de ordenaci\u00f3n, situaciones a la espera de respuesta por  el planeamiento urbano y sentencias firmes que acuerdan la nulidad de  licencia.<\/p>\n<p>Otra novedad en esta l\u00ednea es la introducci\u00f3n de nuevos  supuestos de presunci\u00f3n de parcelaci\u00f3n ilegal en suelo no urbanizable,  seg\u00fan criterios objetivos y antes de que se materialice sobre el  terreno.<\/p>\n<p>Igualmente novedosa es la introducci\u00f3n del principio de  &#8216;cumplimiento por equivalencia&#8217; para aquellas situaciones excepcionales  en las que es imposible la ejecuci\u00f3n material o legal de las  resoluciones dictadas, previos informes t\u00e9cnico y jur\u00eddico que as\u00ed lo  acrediten. En estos casos (entre los que no se incluye el &#8216;derribo  express&#8217;) se exigir\u00e1 una indemnizaci\u00f3n sustitutoria en met\u00e1lico o  mediante la cesi\u00f3n de terreno, con independencia de la multa que se  imponga.<\/p>\n<p>Inspecci\u00f3n<br \/>\nPor otra parte, se refuerzan pr\u00e1cticas de  control de la legalidad ya habituales, como la negativa de los colegios  profesionales a conceder el visado a proyectos que contengan alguna  infracci\u00f3n urban\u00edstica grave o la exigencia, por parte de las empresas  suministradoras, de la correspondiente licencia para la contrataci\u00f3n de  cualquier servicio.<\/p>\n<p>La nueva norma extiende al \u00e1mbito municipal  la regulaci\u00f3n de los inspectores urban\u00edsticos de la Junta de Andaluc\u00eda,  vigente desde 2006. Estos profesionales ejercer\u00e1n en los ayuntamientos  las mismas funciones e, igualmente, tendr\u00e1n la consideraci\u00f3n de agentes  de la autoridad.<\/p>\n<p>En el cap\u00edtulo sancionador, la principal novedad  es la eliminaci\u00f3n de la posibilidad de beneficio econ\u00f3mico del  infractor. Para ello, el texto dispone incrementos en la cuant\u00eda de la  multa si tanto \u00e9sta como el coste de la reposici\u00f3n se sit\u00faan por debajo  del lucro ilegalmente obtenido. El reglamento es especialmente duro en  el \u00e1mbito de las parcelaciones ilegales, para las que estipula sanciones  en ning\u00fan caso inferiores al 150% del beneficio obtenido.<\/p>\n<p>Las  infracciones muy graves conllevan multas de entre 6.000 y 120.000 euros e  incluyen, entre otros supuestos, actuaciones en suelo no urbanizable  sin instrumento de planeamiento, en no urbanizables de especial  protecci\u00f3n, en espacios libres o en bienes protegidos por el  planeamiento urban\u00edstico. Las infracciones graves, entre las que destaca  la obstaculizaci\u00f3n de la labor inspectora, conllevar\u00e1n el pago de una  multa de entre 3.000 y 5.999 euros, mientras que por los incumplimientos  leves la cantidad se fija entre los 600 y los 2.999 euros.<\/p>\n<p>El  r\u00e9gimen sancionador incluye tambi\u00e9n por primer vez el reconocimiento de  la buena disposici\u00f3n del infractor a acatar las resoluciones y restaurar  la legalidad, de tal modo que podr\u00e1 beneficiarse de una reducci\u00f3n del  50% si asume la reparaci\u00f3n antes de los dos meses estipulados. Esta  medida tambi\u00e9n ser\u00e1 aplicable si el interesado abona la multa en el  plazo de un mes o presenta aval por el total del coste de la reposici\u00f3n  f\u00edsica.<\/p>\n<p>Competencias auton\u00f3micas<br \/>\nRespecto a las competencias  auton\u00f3micas, el reglamento subraya su car\u00e1cter subsidiario, que se  concreta en la posibilidad de dictar medidas cautelares, previo  requerimiento al ayuntamiento, y en la atribuci\u00f3n de iniciar  procedimientos para la reparaci\u00f3n de la realidad f\u00edsica alterada. Esta  intervenci\u00f3n subsidiaria se reduce a supuestos puntuales y de  relevancia, como los referidos a actuaciones sin instrumento de  planeamiento o parcelaciones en suelo no urbanizable, de especial  protecci\u00f3n o de espacios libres.<\/p>\n<p>El reglamento aprobado hoy  desarrolla de la Ley de Ordenaci\u00f3n Urban\u00edstica de Andaluc\u00eda (LOUA), de  conformidad con jurisprudencia consolidada y con la experiencia  acumulada que ha generado desde su entrada en vigor en 2005 el ejercicio  de la disciplina urban\u00edstica en la comunidad aut\u00f3noma. Se completa as\u00ed  el armaz\u00f3n de instrumentos que la Administraci\u00f3n auton\u00f3mica ha venido  desarrollando en la \u00faltima d\u00e9cada contra la ilegalidad urban\u00edstica y  cuyas principales referencias, adem\u00e1s de a la LOUA, son el Plan de  Ordenaci\u00f3n del Territorio de Andaluc\u00eda (POTA), los planes subregionales o  la creaci\u00f3n del Cuerpo de Inspecci\u00f3n de Ordenaci\u00f3n del Territorio,  Urbanismo y Vivienda de la Junta.<\/p>\n<p>En su proceso de tramitaci\u00f3n,  el texto ha contado con el respaldo del Consejo Andaluz de la  Concertaci\u00f3n Local, donde est\u00e1n representados todos los ayuntamientos  andaluces. Asimismo, se han incorporado la mayor\u00eda de las alegaciones  presentadas por colectivos profesionales y numerosas entidades y  asociaciones p\u00fablicas y privadas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Reglamento de Disciplina Urban\u00edstica incorpora resoluciones de derribo en un mes para obras ilegales Aprobado un texto pionero en Espa\u00f1a que mejora las competencias locales y fija sanciones por&hellip; <a href=\"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/derribo-express-aprobado-en-andalucia\/\" class=\"apace-readmore-link\">Read more<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[1,8],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=235"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/235\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=235"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=235"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.vivesur.com\/wpblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=235"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}